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Indemnización por incumplimiento protección de datos

Indemnización por incumplimiento protección de datos

La constante evolución de las tecnologías de la información que conlleva un mayor tratamiento de los datos personales de todos nosotros, implica de forma inevitable un aumento de los riesgos que para las persones un tratamiento indebido de dichos datos puede ocasionar. Ante esta situación, la LOPD ha previsto diferentes mecanismos a efectos tanto, de denunciar los actos de las empresas y administrativas que las incumplan, así como la posibilidad de solicitar una indemnización por incumplimiento protección de datos.

¿Qué vías de actuación existen?

Lo primero que debe quedar claro es que no todo incumplimiento de la LOPD supone automáticamente un derecho a indemnización a la persona afectada. Para aclarar confusiones decir también, que cualquier incumplimiento de la LOPD puede ser denunciado (por cualquier persona, afectada o no) ante la AEPD. En el caso que la AEPD observe dicho incumplimiento, el procedimiento acabará con una sanción económica al responsable del incumplimiento, sin que en ningún caso el denunciante o afectado perciba cantidad alguna.

¿Cuándo puede solicitarse indemnización por incumplimiento protección de datos?

El artículo 19 de la LOPD prevé a los interesados el derecho a solicitar una indemnización ante los tribunales ordinarios (no ante la AEPD), cuando “como consecuencia del incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley por el responsable o el encargado del tratamiento, sufran daño o lesión en sus bienes o derechos tendrán derecho a ser indemnizados. Esta posibilidad de indemnización se ha estimado sobre todo en aquellos supuestos de inclusión de datos personales en ficheros de morosos de manera no justificada, aunque en realidad dicha indemnización puede solicitarse siempre que se den los siguientes requisitos:

  • Hasta la fecha el derecho de indemnización por incumplimiento de la LOPD se suele relacionar con alguna acción que afecte al honor o intimidad de la persona afectada. Esto no debe por qué ser necesariamente así, puesto que el derecho a la protección de datos es autónomo e independiente al del honor e intimidad. A nivel teórico pues, puede solicitarse indemnización por incumplimiento de la LOPD a pesar que la situación que la justifica no afecte al honor e intimidad del afectado.
  • La lesión debe ser efectiva y causada por un daño real y cierto. Esta suele ser uno de las mayores trabas para solicitar una indemnización por incumplimiento de la LOPD ya que en muchas ocasiones es difícil probar antes los tribunales esta lesión. En los casos en que la lesión haya causado un perjuicio económico al afectado (por ejemplo la denegación de un crédito por estar indebidamente incluido en un fichero de morosos), probar el daño es más fácil, pero cuando lo que se alegan son daños morales, demostrar el daño resulta ciertamente complicado.
  • En cualquier caso la situación que justifica la solicitud de la indemnización, debe suponer un incumplimiento de la LOPD. No podrá solicitarse tal indemnización si quien ha causado el daño ha actuado de acuerdo a la LOPD.

¿Qué cantidades pueden reclamarse?

En el supuesto de probar con éxito el daño ocasionado por la vulneración de la LOPD, el afectado podrá solicitar un resarcimiento. En el caso que el daño haya causado un perjuicio económico al afectado, la indemnización suele tener carácter también económico; en los supuestos que se pruebe un daño moral, el resarcimiento puede no ser económico, considerándose que el afectado puede verse resarcido, por ejemplo, con la publicación de la sentencia en un periódico o la rectificación de la empresa o administración causante del daño.

La alegación de daños morales pues, no únicamente dificulta la prueba, sino que puede concluir con una sentencia que no suponga un resarcimiento económico para el perjudicado.

El derecho a indemnización por incumplimiento de protección de datos pues, es un mecanismo que los afectados tienen en caso de que se les cause un daño y que exige un estudio previo, analizando el caso concreto, para valorar el inicio o no de acciones judiciales encaminadas a la reparación del citado daño.

Si tienes dudas sobre este o cualquier otro tema, ¡no dudes en contactar con nosotros!