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Guía sobre el uso de las cookies

A pesar de que nuestra legislación prevé la regulación de las cookies desde marzo de 2012 (artículo 22.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico), lo cierto es, que no ha sido hasta el pasado 29 de abril de 2013, cuando se ha emitido una guía sobre el uso de las cookies. Guía que ha sido elaborada por la Agencia Española de Protección de Datos y Adigital, Autocontrol e IAB (mayores representantes de las empresas digitales).
En la precitada guía sobre el uso de la cookies, que está a disposición de cualquier usuario en la página web de la Agencia Española de Protección de Datos, se establecen cuáles son las cookies que están sujetas a la normativa (incluyendo las analíticas, que son las que más conflicto han causado) y cuales están exentas, entre las que se encuentran: las que únicamente permiten la comunicación entre el equipo del usuario y la red y las que tienen como única finalidad prestar un servicio expresamente solicitado por el usuario.
En caso de que se utilicen cookies sujetas a normativa (prácticamente todas), deberá informarse al usuario de la instalación de cookies y de las finalidades de la mismas, dándole la opción de consentirlas o no. Por tanto, debe recabarse el consentimiento del usuario para el uso de cookies.
Así las obligaciones legales impuestas para poder utilizar cookies en nuestras páginas webs son dos: el deber de información y la obtención del consentimiento.
Respecto al deber de información: La información debe prestarse de forma clara (que el usuario entienda qué son y para qué sirven), completa y accesible (que el usuario pueda acceder a la información siempre que lo precise), está pensado para que se añada el típico enlace como el del aviso legal o la política de privacidad.
Respecto a la obtención del consentimiento: Se considerará que hay un consentimiento válido cuando, habiendo informado al usuario sobre las cookies (mediante, por ejemplo, un pop-up), éste las acepta expresamente mediante un click en “consiento” o “acepto” o si, por ejemplo, el usuario, pese a la información, continúa navegando.
Si tienes dudas sobre este o cualquier otro tema, ¡no dudes en contactarnos!