{"id":18126,"date":"2022-07-20T10:56:36","date_gmt":"2022-07-20T09:56:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.rosello-mallol.com\/?p=18126"},"modified":"2022-07-20T10:56:39","modified_gmt":"2022-07-20T09:56:39","slug":"cuestionario-rgpd-proveedores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.rosello-mallol.com\/es\/cuestionario-rgpd-proveedores\/","title":{"rendered":"Cuestionario RGPD para proveedores"},"content":{"rendered":"\n

En el proceso de adaptaci\u00f3n o implementaci\u00f3n del RGPD en las empresas, deben identificarse los proveedores con acceso a datos<\/strong> (conocidos como encargados del tratamiento) y hacerles un cuestionario RGPD. En este proceso de subcontrataci\u00f3n, los responsables del tratamiento est\u00e1n sujetos al texto del art. 28.1 que establece que s\u00f3lo \u201celegir\u00e1 \u00fanicamente un encargado que ofrezca garant\u00edas suficientes para aplicar medidas t\u00e9cnicas y organizativas apropiadas<\/em>\u201d.\u00a0<\/p>\n\n\n\n

\u00bfC\u00f3mo cumplir con este deber de diligencia de manera adecuada? El env\u00edo de un cuestionario al proveedor, \u00bfes suficiente? Y si resulta imposible que el proveedor responda un cuestionario \u00bfqu\u00e9 se tiene que hacer? <\/strong>Vayamos por partes.\u00a0<\/p>\n\n\n\n

En las relaciones entre el responsable y encargados del tratamiento, cada vez es m\u00e1s com\u00fan que los primeros remitan a los segundos un cuestionario con un listado de preguntas<\/strong>, a efectos de comprobar el nivel de diligencia del proveedor en su cumplimiento del RGPD.\u00a0\u00a0<\/p>\n\n\n\n

Existen una gran cantidad de casu\u00edsticas pero las preguntas m\u00e1s frecuentes suelen ser: <\/p>\n\n\n\n